La provincia de Mendoza extendió una semana más, hasta el lunes 20 de julio inclusive, el distanciamiento social, preventivo y obligatorio. De esta manera, continúan las mismas habilitaciones y restricciones que rigen desde el 29 de junio pasado, incluyendo las medidas sanitarias aplicadas desde el 7 de julio pasado.

Sigue siendo obligatorio el uso de barbijos o tapabocas en la vía pública, hay que mantener distancia de 1,5 metro, como mínimo entre una persona y otra, además de acentuar medidas de higiene de manos, evitando tocarse la cara.

Se mantienen las limitaciones según la finalización del DNI para realizar actividades y trámites.

En Malargüe no rige la terminación del documento para la compra en comercios, pero sí en el resto de los departamentos mendocinos.

Continúa la restricción de la circulación de personas en toda la provincia entre las 23.30 de cada día y las 5.30 del día siguiente. Sólo están exceptuadas aquellas personas que deban circular en alguna situación de emergencia médica debidamente justificada, y las personas vinculadas a la prestación de servicio de salud. También aquellos ciudadanos que están afectados a los servicios de entrega a domicilio y deliveries.

Sobre las reuniones familiares, continúan autorizados en toda la provincia los encuentros de hasta un máximo de 10 personas con “parentesco en razón de la naturaleza, las técnicas de reproducción humana asistida, la adopción o la afinidad, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral”. Las reuniones podrán realizarse sólo los días domingos, de 11 a 19. Para estas actividades no se aplica la limitación de finalización del DNI “ni será aplicable a su respecto el concepto de cercanía”.

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Horarios vigentes para actividades habilitadas

Reuniones familiares: domingos de 11 a 19.

Comercio en general: 9 a 19.

Supermercados mayoristas y minoristas: 8 a 19.

Centros comerciales, malls y shopping centers: 10 a 23. Las tiendas comerciales en general, de 10 a 19; hasta las 23: los bares, confiterías y restaurantes ubicados en su interior o que tengan salida a la vía pública.

Bares, confiterías y restaurantes: 7 a 23.

Las farmacias podrán atender en su horario habitual y con los turnos habilitados por la autoridad de aplicación.

Expendio de combustible sin límites de horario.

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Reparto a domicilio (delivery): de domingos a jueves de 7 a 23; viernes y sábados, de 7 a 24.

Actividad física y gimnasios: 7 a 23.

Administración pública: 9 a 18.

Asistencia a cementerios: 10 a 16. No implica apertura de salas de velatorios o realización de velatorios.

Sanciones

El decreto menciona que el incumplimiento, debidamente constatado por la autoridad competente, será penado con una multa de $5.000.

Fuente: Prensa gobierno de Mendoza

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