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Se advierte a propietarios de almacenes, minimercados y encargados de súper e hipermercados sobre la necesidad de revisar diariamente los productos exhibidos en mostradores y góndolas, para cuidar a los consumidores y evitar la aplicación de multas.

Con el foco puesto en resguardar la salud de la población, la Dirección de Defensa del Consumidor (DDC) de Mendoza continúa con sus inspecciones en distintos puntos de la provincia, como respuesta a las denuncias recibidas y en carácter de oficio, es decir, por iniciativa propia del organismo para vigilar el cumplimiento de la normativa que aplica.

Este tipo de operativos de verificación se desarrollan en comercios de pequeña y mediana envergadura (kioscos, minimarkets, almacenes y autoservicios), como así también en grandes superficies: supermercados e hipermercados.

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¿Cuáles son las sanciones que se aplican?

Cuando la infracción corresponde a la exhibición y venta de alimentos vencidos, se sanciona con una multa dineraria.

En tales situaciones, el descargo (o argumento de defensa) que pudiera presentar el comercio es formalmente recibido porque se trata de un derecho del administrado. Sin embargo, por tratarse de un hecho de estas características (producto vencido disponible para la venta) la infracción se aplica y se sanciona con multa, más allá de los intentos de justificación para tal conducta por parte del propietario o encargado del establecimiento.

La sanción será gradual en cuanto al monto de la multa si se trata de un comercio de barrio o bien de un supermercado, ya que los volúmenes de venta son diferentes y también la posibilidad de afectar a más consumidores.

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Responsabilidad del consumidor

Se solicita la responsabilidad de los clientes de un comercio o supermercado, para que revisen las fechas de vencimiento de los productos que compran, evitando el consumo de aquellos alimentos vencidos y reclamando cuando esto se observe. Además, debe denunciarse la inexistencia de esa información en el envase o si esa fecha aparece modificada o tachada.

Una opción de reclamo en el mismo lugar de compras, es el Libro de quejas como registro adecuado para asentar el hecho y para conocimiento de la autoridad competente en relación con ese y otros problemas que se detecten en el comercio.

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Colaboración institucional

Resulta importante destacar que la DDC aplica, para este tipo de controles en particular, la ley provincial 5547 y ley nacional 24240, ambas normas de Defensa del Consumidor, y que existen otros organismos provinciales y municipales que realizan inspecciones similares bajo otra normativa.

En este sentido, es posible denunciar hechos similares ante el área de Bromatología del municipio (o área similar) para un accionar más directo y rápido. Si el producto, presuntamente en mal estado, hubiera sido comprado en el comercio pero abierto en el hogar, se deberá comunicar esta situación ante el Departamento de Higiene de los Alimentos para definir cómo avanzar con el reclamo:

·       Departamento de Higiene de los Alimentos. Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes: 2615947992 (WhatsApp) o correo electrónico: dinha@mendoza.gov.ar

·       O bien, denunciar este hecho aportando los datos de la marca, lote y otros que se observan en el envase del producto ante la Dirección de Fiscalización y Control: 0800-333-3492 con atención de lunes a viernes en horario de 8 a 16, o por correo electrónico a: fiscalizacionycontrol@mendoza.gov.ar

Por denuncias de productos vencidos exhibidos en góndolas o presentes en almacenes, kioscos, minimarkets o autoservicios, comunicarse con la DDC:

148 opción 3 (telefónicamente, lunes a viernes en horario de 8 a 15)

148@mendoza.gov.ar

App 148 Mendoza

www.mendoza.gov.ar/consultas/

Fuente: Prensa Mendoza.

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