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 “Tiene que quedar claro que en ningún momento se ha resuelto respecto de si el señor Heine ha cometido o no ha cometido el delito en cuestión, el aislamiento obligatorio que tenía que cumplir, ya que supuestamente había estado en contacto estrecho con sus progenitores a los cuales decidió internar (NdR.: El padre falleció esta mañana por Covid-19 positivo y la madre, con el mismo diagnóstico, está internada en hospital Malargüe). No se ha dicho si es culpable o inocente” expresó el Juez Penal y de garantías de Malargüe, Dr. Juan Ignacio Olmedo al aclarar la resolución que se conoció en la víspera respecto de médico auditor de OSEP que tanta repercusión tuvo en redes sociales.

En diálogo con Ser y Hacer de Malargüe, el magistrado dijo “lo que se ha resuelto es una cuestión vinculada al proceso, en donde se tienen que respetar ciertas garantías constitucionales. Cuando a una persona se la acusa de haber cometido un hecho delictivo, cualquiera fuere, se le tiene que hacer saber las circunstancias de tiempo, modo y lugar. Esa persona tiene que tener claro qué es lo que se le imputa, es decir, qué es lo que hizo, cuándo lo hizo, en qué lugar lo hizo y, además, que ese hecho por el que se lo acusa tiene que estar en sintonía con el delito que se le atribuye. Cuando la circunstancia del hecho no está bien y tampoco la calificación, se considera al procedimiento mal hecho y lo que hay que hacer es corregirlo”.

Inmediatamente puntualizó “lo que ocurrió es que al advertirse este error por parte de la defensora de Heine (la Defensora Oficial María Hidalgo), desde su derecho que tiene procesal y constitucional, me solicitó a mí como juez penal, que cumplo función de garantía, corregir esa situación. Como consecuencia de que estaba mal atribuido el hecho al doctor Heine también estaba mal la orden de detención, por eso es que se dejó sin efecto la imputación como así también la orden detención, lo que no quita que una vez corregido ese error pueda volver a imputarse e incluso a detenérselo, que es como efectivamente tengo entendido ha ocurrido”.

“El juzgamiento de si ha cometido o no un hecho delictivo se hará oportunamente, una vez que la causa llegue a juicio. La causa se estaba instruyendo y actualmente se sigue instruyendo, lo único que se hizo es corregir un error en el procedimiento” reiteró Olmedo.

Esta medida de ninguna manera debe entenderse como que el juez opinó sobre la cuestión de fondo, la comisión o no del delito, y tampoco si estaba bien o mal detenido el médico en base a los fundamentos para ello, porque lo que valoró fue el inicio de la causa que técnicamente se denomina imputación.

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