El presidente Alberto Fernández realizó anuncios relacionados con las medidas para mitigar la segunda ola de coronavirus en el país, y, entre otras cosas, consignó que las restricciones sanitarias vigentes se mantendrán hasta el 21 de mayo.
«Para el conjunto del país continúan las mismas medidas actualmente vigentes para reducir la circulación y mitigar el impacto de la segunda ola de coronavirus», manifestó el mandatario.
«Hemos contenido el crecimiento exponencial de casos de coronavirus en el AMBA» pero advirtió que «la situación no está resuelta», en un mensaje grabado desde la Casa de Gobierno.
«Las próximas semanas pueden llegar a ser muy duras; debemos continuar con medidas», afirmó el mandatario.
«Hay zonas del país que están en situación de alarma epidemiológica, donde el sistema de salud está muy tenso. Allí se restringirá circulación y actividades locales hasta las 19:00 y el dictado de clases exclusivamente será a distancia», agregó.
Sobre este último punto, el jefe de Gobierno agregó que «sólo se dictarán clases a distancia donde la pandemia lo exige» y abogó por poder lograr una presencialidad cuidada en las escuelas. También remarcó que «la educación es prioritaria, de hecho, en más de 20 provincias argentinas hay clases presenciales».
Las medidas punto por punto
Hasta el 21 de mayo rigen las nuevas restricciones anunciadas este viernes por la Casa Rosada, y que impactarán según el nivel de riesgo epidemiológico de cada jurisdicción.
Estas restricciones se tomaron en función de 3 factores: Razón -aumento de casos en últimos 14 días-; Incidencia -cantidad de casos sobre población- y Ocupación de camas en UTI.
Por ello, el país se dividirá en 4 categorías:
– Bajo riesgo epidemiológico
– Medio riesgo epidemiológico
– Alto riesgo epidemiológico y sanitario
– Alarma epidemiológica y sanitaria
Medidas generales para todo el país
– Viajes grupales: Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.
– Reuniones sociales: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.
– Personas de riesgo: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.
Estas son las medidas para zonas de riesgo medio:
– Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.
Medidas para zonas de alto riesgo
Reuniones sociales:
– Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
– Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas
Deportes: La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas
Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
Horario de cierre de gastronomía: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs
Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
Aforo: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.
Medidas para las zonas de alerta epidemiológica y sanitaria
Se suspenden las actividades en:
– Centros comerciales y shoppings.
– Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.
– Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
– Restricción en ámbito educativo: Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.
– Deportes: Se prohíben los deportes grupales.
– Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
– Horario de cierre de la gastronomía: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
– Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
– Transporte público: solo para esenciales y autorizados.
Fuente: Diario El sol.
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