InicioNOTICIAS¿QUÉ DICE EL PROTOCOLO QUE PERMITE IR A LAS IGLESIAS?

¿QUÉ DICE EL PROTOCOLO QUE PERMITE IR A LAS IGLESIAS?

A través del Decreto provincial Nro. 620 se habilitaron nuevas excepciones al aislamiento social, preventivo y obligatorio para las personas afectadas a las siguientes actividades y servicios, entre ellas las actividades religiosas individuales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía, de todas las religiones.

El Protocolo fijado para actividades religiosas individuales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía contempla que las iglesias, templos y diferentes lugares de culto no están obligados a cerrar sino que pueden estar abiertos siguiendo las reglamentaciones que pasamos a detallar

Los feligreses y miembros deben concurrir según el último número de su DNI, como está estipulado para el resto de las actividades.

Los lugares de culto pueden permanecer abiertos, siempre y cuando sea para que los feligreses y miembros puedan concurrir para requerir asistencia espiritual, con acuerdo previo con el ministro de culto, y realizar oraciones individuales, atendiendo a las disposiciones sanitarias vigentes y tomando los recaudos necesarios de distancia e higiene. 

A su vez, los lugares de culto a los que los feligreses y membresía pueden concurrir son los de cercanía, considerando su identidad de fe y pertenencia congregacional.  

No está permitida la aglomeración de la feligresía y membresía. Por tal motivo, se mantiene suspendida la celebración de ceremonias, celebraciones, conmemoraciones litúrgicas y actos de culto que impliquen la concurrencia multitudinaria de personas. Solo serán permitidas las que se adapten a las consideraciones sanitarias del protocolo. 

Estas medidas son aplicables para todos los cultos: Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos. 

A su vez, se deberán tener en cuenta en todos los casos las siguientes medidas específicas de prevención para lugares de culto: 

Horario de apertura: 9 a 18.

Los ministros, encargados y personal de asistencia solicitarán a los feligreses y membresía intentar evitar el uso del transporte público de pasajeros, como también los horarios de entrada y salida del comercio.

Cantidad de personas permitida 

El ministro de culto del lugar de culto, un auxiliar de limpieza y un auxiliar a la entrada que limite la cantidad de ingresantes. 

Un máximo de fieles que no supere el 25% de la capacidad del local, manteniendo la distancia mínima de separación de 2 metros.

Controles en los ingresantes 

Disponer de una puerta para el ingreso y otra puerta diferente para el egreso de las personas en todos los casos que sea posible, de modo de crear un circuito para evitar entrecruzamientos. 

En la puerta de entrada habrá una persona que controlará el número de ingresantes de acuerdo con la capacidad autorizada, y les colocará alcohol en gel o el producto sanitizante dispuesto a los ingresantes que vaya autorizando. 

Medidas de higiene recomendadas 

Se dispondrá de solución de agua con alcohol al 70% y/o alcohol en gel a la entrada y a la salida del templo. 

Se deberá concurrir con tapaboca y/o barbijo. 

No se permitirá que haya más de una persona por banco. En caso de grupos familiares convivientes con hijos menores, se permitirá que los niños ocupen lugar junto a sus padres

Ubicación permitida según el espacio y circulación de las personas, en los templos, iglesias y lugares de culto 

Se deberá respetar la distancia mínima de dos metros entre todas las personas. Los integrantes del núcleo familiar conviviente podrán hacerlo juntos y respetando la separación mínima de 2 metros entre personas.

Tipo y forma de limpieza de superficies 

Cada templo, mientras permanezca abierto, contará con al menos una persona que se encargue de la sanitización del lugar. Esta persona deberá controlar que se respeten las distancias y se higienice el espacio y los objetos (bancos, imágenes, etc.) 

Una vez cerrado el templo, se procederá a su desinfección con los productos aconsejados por los especialistas. 

Elementos de higiene y protección para cada templo 

Solo podrán ingresar y permanecer dentro del templo quienes lleven correctamente colocado el tapaboca y/o protección facial según lo dispuesto por el Decreto 518/2020.

Al ingresar al templo, se proveerá a quienes ingresen de alcohol en gel o alcohol al 70% para desinfectarse las manos. 

No se pondrá agua bendita en las distintas fuentes que haya en el templo. 

Se deberá colocar a la entrada y la salida trapos de piso mojados con agua con lavandina, que se renovarán cada hora para desinfectar el calzado de los asistentes. 

Las puertas del templo deberán permanecer abiertas para permitir la ventilación durante las horas de funcionamiento. 

Recomendaciones visuales con recomendaciones

El personal del templo colocará señalizaciones en el suelo y en los bancos para hacer respetar las normas de distanciamiento social. 

En los templos se cuidará la distancia entre cada banco, incluso se evaluará la posibilidad de quitar algunos de ellos. 

En las paredes y las puertas se colocarán recomendaciones de higiene y recordatorios de que no está permitido tocar ni manipular objetos, superficies e imágenes. 

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