domingo, febrero 15, 2026
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Avanza proyecto que prohibirá  mutilación de mascotas con fines estéticos

La comisión de Salud de la Cámara de Diputados, que preside Hebe Casado, dio despacho favorable al proyecto de Ley por el cual se prohíbe en el territorio provincial la realización de mutilaciones por razones estéticas a animales domésticos o domesticables que viven bajo posesión de personas.

Los integrantes de la comisión con el visto bueno del autor de la iniciativa, realizaron modificaciones a la misma determinándose que se “incorpore a la Ley 9099 “Código de Contravenciones de la Provincia de Mendoza” el siguiente artículo: 

“Artículo 140° bis: Mutilación a animales. El que realizare o encomendare mutilaciones a los animales que viven bajo la posesión de las personas, y en particular animales domesticados o domesticables, excepto las realizadas por veterinarios en caso de necesidad justificada, no pudiendo alegar motivos estéticos, será sancionado con multa desde quinientas (500) U.F hasta mil (1000) U.F o trabajo comunitario en centros de protección de animales desde doce (12) días hasta treinta y seis (36) días.”

Lo antes señalado aplica para todos los casos de animales domésticos o domesticables nacidos con posterioridad a la sanción de esta Ley.

Se presumen prácticas injustificadas o meramente estéticas a los fines de la norma presentada, las siguientes: cordectomía (cirugía que elimina las cuerdas vocales), caudectomía (corte de cola), otectomía (levantamiento de orejas), onicectomía (extracción de uñas), extracción de piezas dentales y cualquier otra mutilación que no se origine en razones de salud del animal.

CAÑADA COLORADA
LA RETACERÍA

En los fundamentos del proyecto se hace mención a leyes nacionales e internacionales que tutelan la protección animal, precisando que “las mutilaciones y cirugías con fines estéticos encuadran dentro de tratos crueles hacia los animales”.

En este sentido se especifica que “prácticas como cortar las uñas o el pelo del animal forman parte de la rutina de limpieza y mantenimiento del mismo sin representar una situación traumática, por el contrario las  amputaciones que comprometen cartílagos, vasos sanguíneos y otros tejidos además de la piel”.

“En algunos animales la cola es la continuación de la columna vertebral. La misma está compuesta por vertebras llamadas caudales acompañadas de otros tejidos; siendo un elemento importante para mantener el equilibrio al correr, girar y hacer ciertos movimientos”,  como así  representa junto a las orejas “un medio de comunicación y socialización”,se detalla

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Otro de los argumentos de la norma hace referencia a que “las  prácticas habituales con fines estéticos incluyen, entre otras, amputaciones de orejas, de cola, extracciones de garras e incluso corte de cuerdas vocales. La amputación en las orejas es un procedimiento caracterizado por un abundante sangrado y un post operatorio bastante incómodo para la mascota”.

Con respecto a las intervenciones que implican cortes de cola, “al ser heridas abiertas, las infecciones podrían llegar al nivel de los huesos y comprometer la columna. Si no son bien curadas, en ocasiones, se puede llegar hasta una septicemia provocando la muerte del animal”.

Es habitual según se explica que “los dueños acudan al veterinario con el fin de que se le corten las cuerdas vocales a aquellos perros que “ladran mucho dejándolos literalmente incapacitados para ladrar o con un ladrido sordo y afónico”.

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En el caso de los gatos “se realiza la extracción de  las garras  para lo cual se corta la primera falange de cada dedo, donde crecen las uñas. Esto además de generar un alto riesgo de infección provoca que dichos animales sufran deformaciones en sus patas”.

El autor del proyecto subraya que “legitimar estas prácticas implica avalar actos de crueldad y dolor innecesarios. Por otro lado, prohibirlas contribuye a la concientización social, la formación de valores y respeto por los animales, así como también contribuye a la lucha contra el maltrato animal”.

Fuente: Prensa Cámara de diputados Mendoza.

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