martes, diciembre 30, 2025
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IPV: Aprobaron regularización dominial de viviendas

La Ley Provincial Nº 9.378, que establece un marco jurídico para la regularización dominial de las viviendas entregadas y financiadas por el IPV (Instituto provincial de la vivienda), fue finalmente sancionada ayer.

Los adjudicatarios que deseen acogerse a los beneficios contemplados en la norma podrán hacerlo a partir del mes próximo en la sede del Instituto Provincial de la Vivienda.

Una ley largamente esperada por el IPV y los beneficiarios de viviendas sociales fue sancionada esta semana por el Senado y la Cámara de Diputados de Mendoza. A partir de ahora, el Instituto determinará los procesos para su implementación, que se estima será en los primeros días del mes de mayo del 2022.

A través de esta norma los adjudicatarios de viviendas sociales podrán obtener la regularización de dominio y sanear las deudas en el caso de que las tuvieran de forma definitiva y con grandes beneficios.

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En este contexto, la titular del IPV, Marta Ontanilla, explicó que “la ley tiene dos grandes partes: una tiene que ver con la cancelación de las viviendas o créditos hipotecarios mediante importantes descuentos y que sin la ley no los podríamos llevar a cabo. La otra parte es la regularización de dominio, que nos va a permitir que las familias puedan tener a su nombre las viviendas que habitan y escriturar aunque tengan deuda”.

“El IPV tiene una cartera de cerca de  60.000 créditos y esta ley apunta a beneficiar a casi el 70% de esa cartera”, cerró Ontanilla.

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Alcances de la ley

La norma sancionada con el Nº 9378, contempla la posibilidad de regularizar la titularidad de las viviendas por transferencia, en el caso de que hayan sido adquiridas mediante boleto de compra/venta, cesión de derechos, permuta o, cualquier otra acción traslativa de derechos. La regularización también podrá darse para aquellos ocupantes que  puedan demostrar más de 5 años en la vivienda, entre otros requisitos establecidos en la Ley.

Además, la ordenanza establece que quienes deseen acceder a la escrituración podrán hacerlo aun cuando registren deuda con diversos organismos. Esta situación, que para muchos adjudicatarios significaba un obstáculo, quedará simplificada. Sin embargo, esto no significa que esas deudas sean condonadas sino que, al ser reconocidas, les permitirá continuar con el curso del trámite.

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Otro punto importante es el referido a la implementación de un régimen de cancelación anticipada. En este sentido, se han establecido importantes descuentos, que van desde el 60% al 40% de quita del capital adeudado, dependiendo de la fecha de entrega de la vivienda y del saldo cancelatorio del crédito.

Mediante la implementación de esta Ley, el IPV podrá cumplir con uno de los objetivos establecidos en la norma, que es depurar la cartera de créditos, que en muchos casos registran mora o cuotas con montos que van por debajo de los $100, reduciéndose, lo que le permitirá mejorar la administración de los créditos vigentes.

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