Sede de la Suprema Corte de Justica de Mendoza donde se analiza conflicto con "mapuches".

El conflicto con “mapuches” de El Sosneado que inició una minera por 3.400 hectáreas quedó en manos de Julio Gómez, Teresa Day y Pedro Llorente, integrantes de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, quienes, en ese orden, emitirán un fallo.

La comunidad “mapuche” Lof El Sosneado reclamó la posesión ancestral pero dos fallos previos avalaron a Sominar S.A.

La Suprema Corte de Justicia ya está en condiciones de resolver el conflicto entre la comunidad “mapuche” Lof El Sosneado y la empresa minera Sominar SA por 3.400 hectáreas de San Rafael.

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Se sorteó el orden de votación entre los miembros de la Sala I del máximo tribunal de justicia de Mendoza y el supremo Julio Ramón Gómez tendrá a su cargo el voto preopinante al cual sus colegas Teresa Day y Pedro Llorente podrán o no adherir.

Gómez tiene 20 días hábiles de plazo para emitir una sentencia; los demás integrantes de la Sala I, 5 días hábiles.

PUBL 1 MAR 2023

El conflicto con mapuches en San Rafael

Nilda Verón, como parte de la comunidad “mapuche” Lof El Sosneado, presentó en la Suprema Corte de Justicia un recurso extraordinario provincial contra dos sentencias de primera y segunda instancia del fuero Civil de San Rafael. Su argumento: que son dueños ancestrales.

En ambas oportunidades, la Justicia resolvió que la empresa minera Sominar S.A. es propietaria de 3.400 hectáreas de terrenos situadas en San Rafael.

PUBL 2 MAR 2023

El pleito fue iniciado por el privado en 2022 frente a la ocupación “mapuche”; conflicto que reverdeció, ya desde lo político, este año cuando el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) ratificó la «presencia ancestral» de pobladores originarios en el área.

El 27 de enero se publicó en el Boletín Oficial la resolución número 36 que reconoció la «ocupación actual, tradicional y pública» de Lof El Sosneado sobre más de 21.300 hectáreas, lo que generó polémica y fuerte reacción del Gobierno provincial.

PUBL 3 MAR 2023

En marzo último, el Procurador de la Corte, Alejandro Gullé, dictaminó que la Sala I debe rechazar el planteo de Nilda Verón y la Comunidad “Mapuche” Lof El Sosneado.

«El inmueble era arrendado a la familia Verón durante el período 2006/2008; los demandados -Verón y la Comunidad Mapuche Lof El Sosneado- habían comenzado a poseer reconociendo que no eran dueños de la propiedad», señaló, entre otros argumentos.

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