«Presentamos en la Legislatura de la provincia un proyecto de Ley para la Promoción y fomento de actividades deportivas» anunció la senadora provincial Hilda Rosa Quiroga (Frente de todos).

La propuesta tiene como objetivo principal la promoción y el fomento del deporte y la recreación en los jóvenes mendocinos y el profesionalismo, insertando en la alta competencia a nuestros deportistas más destacados.

«La actividad deportiva en la provincia de Mendoza es muy amplia y sobre todo destacada. Las tareas desarrolladas por los clubes y demás entidades deportivas hacen que nuestros deportistas sean nuestros representantes en distintos certámenes en la provincia, la nación y el mundo, llenando ésta tierra de orgullo y honor» puntualiza la legisladora malargüina al fundamentar su proyecto.

Agrega que «también está claro que la práctica de un deporte es algo costosa y si se practica en forma profesional, resulta casi imposible el acceso de todos los niveles sociales a las altas competencias. Entonces para que la práctica del deporte no sea un privilegio de un sector de la sociedad y que solamente algunos deportistas tengan acceso, es que presento el proyecto de Promoción y Fomento de Actividades Deportivas».

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Serán beneficiarios, favorecidos o remunerados los siguientes los deportistas amateurs o profesionales de todas las disciplinas que se realizan en la Provincia de Mendoza. Los deportistas que presenten un proyecto específico. Los proyectos presentados por deportistas profesionales, independientes o amateurs. Toda persona humana o jurídica domiciliada en la provincia de Mendoza, con una antigüedad mínima de 2 años. Clubes, Asociaciones, Cooperativas, Fundaciones y otras entidades civiles que se beneficiarían con el inciso 1 del presente artículo, deben haber consignado en sus estatutos objetivos relativos a la consecución de actividades deportivas.

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Todos aquellos beneficiarios, favorecidos o remunerados, en caso que se apruebe la ley, deben especificar el proyecto en el que se enmarca su actividad deportiva y presentar un plan de trabajo a realizar, anexando un presupuesto de los gastos a solventar.

Los beneficiarios, deberán acreditar la imposibilidad económica de desarrollar el proyecto deportivo por sus propios medios.

El Organismo regulador y evaluador de los proyectos presentados, será el Consejo Provincial del Deporte, como Autoridad de Aplicación, e integrado según lo establecido por el artículo 11 Ley Provincial Nº 6.457, y cuya presidencia será ejercida  por el Director de Deportes y Recreación de la Provincia.

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