La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la opción para que los contribuyentes puedan acceder a la devolución de las percepciones de Ganancias y Bienes Personales por las compras de dólar ahorro y de productos en moneda extranjera.
De esta manera ya se encuentra habilitada la opción para aquellas personas que no hayan sufrido retenciones en sus recibos de sueldo durante el mismo año y quienes no estén inscriptos en el impuesto.
Las personas podrán solicitar las devoluciones del 35% abonado como adelanto a cuenta del Impuesto a las Ganancias entre enero y diciembre de 2023 por la compra de dólares o aquellos gastos realizados en moneda extranjera con tarjeta entre los que se encuentran servicios de streaming, plataformas de música, series y películas, viajes al exterior.

Por otra parte, el dólar ahorro se compuso entre enero y agosto de un 65% de impuesto, de los cuales el 30% correspondían al impuesto PAIS y el 35% restante era de adelanto de Ganancias. En tanto, a partir del 14 de agosto este último porcentaje se elevó al 45%.
Por cadena nacional, el presidente Javier Milei saludó a los argentinos por el fin de año y, por otra parte, exhortó al Congreso nacional a votar a favor del decreto de necesidad y urgencia y la llamada ley ómnibus.

Con respecto al Dólar Qatar o Turista pagaba hasta julio de 2023 una carga tributaria del 80 por ciento, desglosada en un 30% del impuesto PAIS, un 45% de percepción a cuenta de Ganancias y un 5% de percepción a cuenta de Bienes Personales.
A partir de octubre del 2023 la AFIP anunció la unificación de las cotizaciones ahorro y turista, con un incremento en la carga tributaria que alcanzó el 100%: un 30% de impuesto PAIS, 45% como adelanto de Ganancias y el 25% de Bienes Personales.
Por otra parte, luego del balotaje, el dólar ahorro y turista se incrementaron nuevamente en sus impuestos, ya que se incrementó la percepcción de ganancias al 100%. Finalmente, el 14 de diciembre, ya bajo la administración de Javier Milei, se resolvió unificar la carga tributaria por todo concepto para la demanda minorista de divisas en bancos en un 60%: un 30% por Impuesto PAIS y 30% de percepción de Ganancias.

Requisitos para solicitar la devolución
Contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.
Informar ante la AFIP el CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada.
Poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
Paso a paso para solicitarlo:
Ingresar con tu Clave Fiscal nivel 2 o más a la página web de la AFIP.
Abrir la pestaña “Mis Aplicaciones Web” y seleccionar la opción “Nuevo”.
Completar los siguientes campos organismo (AFIP), formulario (F746/A), período fiscal (indicar la fecha por la cual se solicita la devolución). Una vez finalizado el proceso, hacer clic en “Continuar”.
El sistema mostrará las percepciones registradas en “Mis Retenciones” en el periodo seleccionado. En este punto, hay que tildar todas las casillas sobre las que desea el reintegro
Informar origen, tarjeta, fecha de pago del resumen y/o liquidación, fecha de débito y monto.
Para finalizar el trámite, deberá seleccionar “Grabar” y luego “Presentar”.
Fuente: El Sol.
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