domingo, diciembre 22, 2024
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Receta electrónica comienza a regir en Mendoza

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El próximo lunes, 1 de julio, comenzará a regir en Mendoza la implementación de recetas electrónicas y digitales. Esta medida, que busca reemplazar las tradicionales recetas en papel, se llevará a cabo de manera progresiva conforme a la nueva reglamentación de la Ley 27.553.

La Ley Nacional de Receta Electrónica, reglamentada mediante el decreto 345/2024, estipula un plazo de 180 días para la adhesión, registración y adecuación a la normativa. Durante este periodo, se creará el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS) donde se inscribirán los sistemas y plataformas relacionadas con la salud digital.

El Ministerio de Salud de la Nación ha informado que las plataformas de recetas electrónicas actuales podrán seguir operando mientras se registran y adecuan a la nueva normativa. Asimismo, los profesionales que aún no cuenten con recetarios electrónicos podrán seguir utilizando recetas en papel. Las personas con recetas en papel podrán adquirir sus medicamentos en farmacias como de costumbre hasta que todas las plataformas estén registradas. Posteriormente, las recetas manuscritas solo se aceptarán en zonas con dificultades de acceso o conectividad, o ante interrupciones del sistema.

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La situación en Mendoza

Mendoza ya había adherido en 2023 a la Ley Nacional que permite la receta electrónica, estableciendo que la prescripción de medicamentos puede realizarse en formato electrónico o digital. En mayo, la provincia emitió el decreto N°445/2024, que regula la elaboración, almacenamiento y comercialización de estupefacientes, reemplazando el Decreto N°701/1972.

El presidente del Colegio Farmacéutico de Mendoza, Mario Valestra, explicó que la receta electrónica es una medida que se ha trabajado con diversas obras sociales, incluyendo PAMI y Osep. Aunque el 1 de julio comenzará la implementación en algunos hospitales y centros de salud, las farmacias no aplicarán este sistema de inmediato. Mendoza tiene su propia reglamentación para la prescripción digital.

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Detalles de la reglamentación en Mendoza

La Ley Nº 9478 de Mendoza, que adhiere a la Ley Nacional Nº 27.553, permite que las recetas y registros de medicamentos sean manuscritos, electrónicos o digitales. Según el decreto N°445/2024, las recetas para estupefacientes pueden ser en papel, electrónicas, digitales o en cualquier otro formato que la autoridad sanitaria considere adecuado. La normativa establece que las recetas deben incluir nombre, apellido, matrícula y domicilio del profesional y del paciente, cantidad total de unidades posológicas en números y letras, dosis y tiempo de repetición.

En caso de omisión del número total de unidades posológicas por parte del médico, el farmacéutico solo dispensará una unidad. Si una receta incluye más de un estupefaciente, debe especificarse la cantidad total de unidades, dosis y tiempo de repetición para cada uno. El diagnóstico del paciente debe constar en la receta, y el farmacéutico no podrá dispensar más unidades de las necesarias para un tratamiento de diez días según la dosis establecida.

Fuente: Mdzol.

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