Familiares de convalecientes en domicilios podrán ingresar a la provincia realizando un sencillo procedimiento. Se requiere enviar un correo electrónico que contenga la información y los datos del solicitante y del paciente que requiere atención.
Además, se deberá adjuntar certificado médico del paciente y quien viaje a Mendoza contar con un test de COVID-19 de resultado negativo. La prueba deberá realizarla dentro de las 48 horas previas a que la persona ingrese a la provincia.
El Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, en el marco de la pandemia de COVID-19, cuenta con un procedimiento muy sencillo que les permite a familiares de convalecientes, en domicilio, que viven fuera de la provincia ingresar a Mendoza. De esta manera, se les posibilita cuidar a esas personas realizando un procedimiento determinado.
El objetivo es que todo paciente que no cuente con un acompañamiento por parte de un familiar en la provincia pueda tener la asistencia de personas que viven en el exterior.

Los pasos que deben cumplir son:
Contar con un test de COVID-19 de resultado negativo realizado en las últimas 48 horas previas al ingreso a Mendoza. Debe ser un test PCR negativo, que es el procedimiento que revela el diagnóstico.
Enviar correo electrónico con un período de anticipación de al menos 72 horas a la dirección planificacioncovid19@mendoza.gov.ar. En este correo se informa nombre y apellido, DNI del solicitante, datos de la persona que requiere los cuidados, domicilio a donde se dirigirá el familiar y la causa del ingreso a la provincia. Además, deberá adjuntar el certificado médico del paciente.
El solicitante deberá esperar la respuesta de la subsecretaría, desde donde se le brindarán los detalles para el ingreso.

Personas en estado crítico por Covid podrán ser acompañados por sus familias antes de morir
Desde fines de agosto se aplica en la provincia la normativa para el ejercicio humanitario de derechos y decisiones en el final de la vida de pacientes y referentes afectivos en contexto de COVID-19.
En la provincia de Mendoza se aprobó el “Protocolo para el ejercicio humanitario de derechos y decisiones en el final de la vida de pacientes y referentes afectivos en contexto de COVID-19”, norma que se aplicará en todos los establecimientos de salud públicos y privados de la provincia.
Los objetivos principales de esta normativa son humanizar y dignificar el proceso de final de la vida y respetar la voluntad de todo paciente que ingresa al sistema de salud, indagando sobre sus deseos y voluntades.

El protocolo fue elaborado por profesionales de la salud, abogados, miembros de comités de bioética y funcionarios públicos. Los mismos expresan en el documento: “la pandemia por COVID-19 ha generado un significativo impacto en el sistema de salud, en el personal sanitario y en pacientes, familiares y referentes afectivos confrontarlos con la muerte, y siendo el distanciamiento físico el único modo de evitar la contagiosidad y expansión de la enfermedad”.
“En distintas instituciones de salud y en variados sectores de la sociedad se fueron trabajando modos de abordaje ante el diagnóstico, el tratamiento y el eventual fallecimiento por una enfermedad sin precedentes como es el COVID-19. En este marco, prima pensar la necesidad de humanizar, proteger y asegurar el derecho integral a la salud y promover la dignidad de la persona”, dice el texto.
Además, el documento explica que a través del protocolo se asegura “el acompañamiento para lograr una muerte digna, ya que morir en completo aislamiento no es buen morir”. Además, se considera que una despedida con ceremonia y rituales según cada creencia contribuye a la salud mental de las personas involucradas y de la sociedad en general.
A través del «Protocolo para el ejercicio humanitario de derechos y decisiones en el final de la vida de pacientes y referentes afectivos en contexto de COVID-19» se dará respuesta a las necesidades de acompañamiento ya sea remoto o presencial, se otorgará acompañamiento psicológico y espiritual para pacientes y familiares que lo requieran.

Protocolo para la visita programada
El paciente será quien, en la historia clínica, designe la persona que lo acompañará. La misma deberá ser mayor de 13 años, menor de 70 años, gozar de buena salud y no pertenecer a grupos de riesgo.
Antes de ingresar con el paciente, en caso de ser COVID-19 positivo o sospechoso, la persona que lo acompañará deberá firmar un consentimiento y se le brindará información sobre el uso del Equipo de Protección Personal (EPP), según los reglamentos de bioseguridad. Luego de la visita la persona no deberá realizar aislamiento preventivo.
Protocolo en caso de fallecimiento
El familiar o referente afectivo será comunicado de la situación de manera telefónica. Dicha persona podrá asistir al establecimiento de salud para despedir al fallecido en una visita de 15 minutos, en la cual se permitirán los rituales de despedida según la creencia del paciente y su familia, todo será siguiendo los protocolos y reglamentos necesarios.
Fuente: Ministerio de salud Mendoza/Mdzol.com
