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Vacunación obligatoria en Mendoza: por qué el Estado exige cumplir el calendario oficial.

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Mendoza y Malargüe avanzan en notificaciones judiciales a padres que no completaron la vacunación obligatoria. Qué dice la ley, por qué es una política de salud pública y cuál es su impacto colectivo.

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El cumplimiento del Calendario Nacional de Vacunación volvió a ocupar un lugar central en la agenda sanitaria de Mendoza, a partir de las acciones impulsadas por el Estado provincial para denunciar a padres que no completaron los esquemas obligatorios de sus hijos. En Malargüe, el Juzgado de Paz y Contravenciones ya comenzó a intervenir en estos casos, en articulación con el Vacunatorio del área sanitaria local.

La jueza de Paz y Contravenciones, doctora María Paz Zabalegui, confirmó que se iniciaron al menos 10 denuncias por infracción al artículo 119 del Código Contravencional, luego de que las familias notificadas previamente no regularizaran la situación. Las actuaciones responden a directrices provinciales del Ministerio de Salud y buscan garantizar una política sanitaria vigente.

Según explicó la magistrada, las sanciones previstas incluyen multas que comienzan en los 420 mil pesos y, en situaciones más graves, arresto. El marco normativo refleja la importancia que el legislador otorgó a la protección de la salud pública y a la prevención de riesgos sanitarios colectivos.

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La vacunación es una de las herramientas más eficaces de la salud pública. Su función es preparar al sistema inmunológico para prevenir enfermedades infecciosas que, antes de la existencia de las vacunas, provocaban altos niveles de mortalidad y secuelas permanentes.

Gracias a estas políticas preventivas, enfermedades como el sarampión, la poliomielitis o la rubéola dejaron de ser frecuentes. Este beneficio no es solo individual: cuando la mayoría de la población está vacunada, se reduce la circulación de agentes infecciosos y se protege a quienes no pueden recibir vacunas por razones médicas.

En Argentina, la vacunación es obligatoria por ley. La normativa nacional establece que las vacunas del calendario oficial son gratuitas y deben aplicarse en todas las etapas de la vida. Padres y tutores tienen la responsabilidad legal de garantizar el cumplimiento en niños y adolescentes.

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Si bien existen planteos vinculados a derechos individuales, el marco legal reconoce que la salud colectiva puede prevalecer cuando una conducta personal genera riesgos para terceros. La obligatoriedad de la vacunación se fundamenta en la protección del interés general y en la prevención de brotes evitables.

Desde la Justicia se remarca que no hay evidencia científica sólida que demuestre efectos adversos graves derivados de las vacunas del calendario oficial. Por el contrario, las consecuencias de no vacunarse pueden ser significativamente más graves que el propio acto de inmunización.

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Las intervenciones del Estado buscan, en primer lugar, garantizar el cumplimiento del calendario y promover la comprensión de su importancia sanitaria. La sanción aparece como una instancia excepcional frente al incumplimiento reiterado, y refleja la prioridad otorgada a la salud pública.

En un escenario de descenso de coberturas en distintas regiones del país, sostener la vacunación resulta clave para evitar retrocesos y proteger a las generaciones presentes y futuras. La información clara y basada en evidencia es fundamental para un debate social responsable.

Fuente: Juzgado de Paz y Contravenciones de Malargüe – Ministerio de Salud de la Nación

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