
La discusión en el Senado sobre la modificación de la Ley de Glaciares no es un debate abstracto para Malargüe. Es, en los hechos, una discusión directa sobre el futuro productivo del departamento, sobre la posibilidad de consolidar el Distrito Minero Occidental y de convertir los recursos metalíferos de la cordillera en trabajo, inversiones y desarrollo local, con reglas claras de cuidado ambiental.

Mientras las comisiones de Minería, Energía y Combustibles y de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Senado de la Nación avanzan con el dictamen del proyecto enviado por el Poder Ejecutivo, Malargüe mira esa discusión con atención: de la letra fina de esta reforma depende, en buena medida, el margen real para desplegar una minería moderna y responsable en la alta cordillera mendocina.
De una ley ambigua a un marco más claro
La Ley 26.639, sancionada hace 15 años, nació con el objetivo de proteger los glaciares y las zonas periglaciales como reservas estratégicas de agua. Sin embargo, con el tiempo quedó en evidencia que su redacción generó fuertes controversias interpretativas: en especial, la definición amplia de “ambiente periglacial” permitió que se cuestionaran proyectos ubicados a kilómetros de cualquier glaciar, aun cuando contaran con estudios de impacto ambiental y controles técnicos.
La reforma que ahora discute el Senado introduce cambios centrales:
- Precisa que la protección se dirige a glaciares y geoformas del ambiente periglacial que cumplan funciones hídricas relevantes (es decir, que efectivamente actúan como reservas o proveedores estratégicos de agua para las cuencas).
- Ordena el uso del Inventario Nacional de Glaciares, incorporando el principio precautorio, pero sumando un paso clave: la intervención de las autoridades provinciales para determinar qué geoformas periglaciales tienen o no esa función hídrica fundamental.
- Mantiene las prohibiciones expresas de actividades mineras, hidrocarburíferas e industriales en los glaciares y en las geoformas periglaciales que se definan como estratégicas para el agua, pero evita que la categoría “periglaciar” se convierta, en los hechos, en un veto absoluto y genérico sobre amplias zonas de montaña.
En términos simples: el espíritu protector de la ley se conserva, pero se corrigen ambigüedades que terminaron trabando desarrollos productivos incluso donde no estaba en juego ninguna reserva de agua real.

El caso Malargüe: distrito minero y seguridad jurídica
Malargüe es hoy el corazón de la apuesta minera mendocina. En torno al Distrito Minero Occidental se han ido consolidando decenas de proyectos de exploración, principalmente de cobre, en un contexto internacional marcado por la transición energética y la creciente demanda de minerales críticos.
Ese proceso, sin embargo, se ha desarrollado en un escenario de fuerte inseguridad jurídica:
- La interpretación más rígida de la ley vigente permitió que se judicializaran proyectos de exploración en base a la idea de que cualquier actividad en la alta cordillera podía considerarse incompatible con el “ambiente periglacial”, incluso sin pruebas concretas de afectación al recurso hídrico.
- Dictámenes técnicos del IANIGLA han señalado la presencia de glaciares de escombros y ambientes criogénicos en la zona, pero justamente por eso la provincia comenzó a trabajar con protocolos específicos, delimitando áreas sensibles que deben quedar al margen de cualquier intervención, y otras donde la minería puede ser compatible con el cuidado del agua.
La reforma de la Ley de Glaciares es clave para que toda esa tarea tenga un respaldo normativo claro:
- Reconoce el rol del conocimiento técnico-científico (Inventario Nacional, estudios especializados).
- Pero también reconoce el rol de las provincias como dueñas de sus recursos naturales, responsables de definir, con esa base técnica, qué zonas son estratégicas para el agua y cuáles pueden integrarse a la planificación minera.
Para Malargüe, esto se traduce en un elemento central: seguridad jurídica.
Empresas, proveedores, trabajadores y comunidades necesitan reglas claras y estables. Saber dónde está prohibido operar –porque hay glaciares o geoformas críticas para el agua– y dónde, cumpliendo con evaluaciones de impacto ambiental y controles estrictos, la actividad es posible.
Agua, minería y desarrollo: un equilibrio posible
La caricatura de “minería versus agua” no refleja la complejidad real de Malargüe. El departamento convive desde hace años con actividades extractivas (hidrocarburos, potasio, exploración metalífera), producción agropecuaria, turismo y servicios. El desafío no es elegir una sola matriz, sino construir un equilibrio inteligente.
La reforma de la Ley de Glaciares aporta instrumentos para ese equilibrio:
- Protege lo que hay que proteger: glaciares y geoformas periglaciales que cumplen funciones hídricas relevantes, identificadas con criterios científicos.
- Permite ordenar el territorio: en vez de considerar toda la alta montaña como intocable, promueve que se delimiten zonas de conservación estricta, zonas de uso restringido y zonas aptas para proyectos productivos.
- Exige evaluaciones de impacto ambiental serias: toda actividad en las áreas alcanzadas debe pasar por estudios específicos, donde se analicen riesgos, mitigaciones y planes de monitoreo, con participación de organismos técnicos y control público.
Para una comunidad como la malargüina, históricamente golpeada por ciclos de auge y caída, contar con una minería metalífera estable, de largo plazo, es una oportunidad concreta de:
- Generar empleo calificado y bien remunerado.
- Impulsar cadenas de proveedores locales (transporte, metalmecánica, servicios, logística).
- Diversificar la economía más allá del turismo estacional y de la actividad hidrocarburífera tradicional.
Todo esto, siempre que se garantice lo esencial: la protección efectiva de las fuentes de agua que sostienen la vida y la producción, tanto en Malargüe como aguas abajo.

Federalismo ambiental: la mirada desde Mendoza
Uno de los puntos políticos de fondo de esta reforma es el federalismo. Las provincias son, por Constitución, propietarias de sus recursos naturales. En el caso de Mendoza, el gobierno viene impulsando una política que combina:
- Uso de información científica (Inventario de Glaciares, aportes del IANIGLA).
- Regulaciones y guías específicas para actuar sobre zonas periglaciales con criterios de riesgo hídrico.
- Una apuesta explícita a que la minería metalífera se convierta en un nuevo pilar de la matriz productiva mendocina, empezando por Malargüe.
La reforma de la Ley 26.639 encaja con esa visión: lejos de dejar a los glaciares desprotegidos, traslada al territorio –a los gobiernos y comunidades que viven en esas cuencas– la responsabilidad de decidir cómo se combinan producción y cuidado del agua, con un piso de protección nacional que se mantiene.
Para Malargüe, supone la posibilidad de dejar atrás un escenario donde cualquier proyecto minero podía quedar paralizado por la sola invocación genérica del “ambiente periglacial”, aunque estuviera lejos de un glaciar o no existieran pruebas de impacto en las reservas hídricas.

Lo que viene: debate en el Senado y oportunidad para el sur mendocino
El proyecto ya obtuvo dictamen en el plenario de comisiones y se prevé su tratamiento en el recinto del Senado el próximo 10 de febrero. Allí se pondrán frente a frente dos modelos:
- Uno que ve en la ley original una barrera casi infranqueable para la minería de altura, sin distinguir entre zonas efectivamente críticas para el agua y áreas donde la actividad puede compatibilizarse con el ambiente.
- Otro que propone preservar el agua con criterios científicos, pero habilitando el desarrollo de una minería controlada, responsable y regulada, capaz de aportar divisas, empleo e infraestructura a regiones cordilleranas como Malargüe.
Desde una mirada pro desarrollo, la reforma se vuelve estratégica para el departamento:
- Le da respaldo legal al Distrito Minero Occidental.
- Refuerza el rol de Mendoza en la definición de su propio ordenamiento territorial.
- Ofrece un horizonte más claro para atraer inversiones serias, que necesitan estabilidad normativa y seguridad jurídica.
El desafío, de aquí en adelante, será doble. Por un lado, que el Congreso logre una ley equilibrada, que proteja de verdad el agua y no levante muros innecesarios al desarrollo. Por otro, que la provincia y el propio Malargüe demuestren, con hechos, que una minería bien hecha, auditada y transparente, puede convivir con la protección de nuestros glaciares y con el derecho de las comunidades a un ambiente sano.
Porque para el sur mendocino, la reforma de la Ley de Glaciares no es un tema lejano: es una pieza decisiva del rompecabezas que definirá qué tipo de futuro productivo tendrá Malargüe en las próximas décadas.


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