

Martina Torres tiene 7 años y una discapacidad compleja que requiere cuidados médicos continuos. Sus padres solicitaron los insumos anuales en diciembre de 2025 y, tras recibir entregas parciales, recurrieron a la Justicia. Un juez ordenó completar la cobertura, pero su padre asegura que los elementos reclamados siguen pendientes.

Martina vive en Malargüe y necesita insumos médicos de manera continua para recibir los cuidados que requiere su salud. Tiene una discapacidad compleja y cuenta con Certificado Único de Discapacidad (CUD). Sus padres aseguran que llevan más de diez meses realizando gestiones para conseguir la provisión completa de los productos indicados por su médico.
El pedido anual fue presentado ante la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) en diciembre de 2025. Durante este año se concretaron entregas parciales, pero la familia sostiene que todavía faltan elementos necesarios para la atención cotidiana de Martina.
La situación llegó nuevamente a la Justicia. El 21 de octubre, un juez hizo lugar parcialmente a una acción de amparo presentada por los padres y ordenó a OSEP garantizar la cobertura integral de siete grupos de insumos médicos que consideró pendientes o insuficientemente provistos.
Pese a esa decisión, Marcos Torres, padre de la niña, aseguró a Ser y Hacer que hasta este domingo 1 de noviembre no habían recibido los productos específicamente reclamados en la sentencia.
Insumos necesarios para sus cuidados cotidianos
Martina tiene diagnóstico de asociación VACTERL, una condición compleja que requiere atención médica y cuidados específicos.
Entre los elementos contemplados en la orden judicial se encuentran cintas adhesivas para fijación y protección, gasas, lubricante para colostomía, crema indicada por el médico, productos para retirar adhesivos, cintas utilizadas en sus cuidados y vaselina sólida.
Son insumos vinculados con procedimientos de atención que deben realizarse de manera regular y que no pueden considerarse simples artículos de uso general.
La sentencia no se limitó a reconocer el derecho a recibirlos. Identificó los productos y estableció que la obra social debe garantizar una cobertura efectiva del 100%, respetando las indicaciones médicas y las equivalencias que correspondan.
Para la familia, el problema no consiste únicamente en completar un expediente administrativo, sino en disponer de los elementos necesarios cuando Martina los necesita.
Marcos Torres advirtió que las dificultades para mantener los cuidados adecuados pueden aumentar el riesgo de lesiones e infecciones.
“Siempre hay un problema. Todos los años se les olvida Martina, todos los años se les olvida un afiliado en Malargüe”, manifestó en comunicación con este diario.
El padre explicó que, además de trabajar y sostener las responsabilidades familiares, deben realizar continuamente gestiones para conseguir las prestaciones de su hija.
Más de diez meses desde el pedido anual
La familia presentó la solicitud correspondiente a 2026 en diciembre del año pasado.
OSEP realizó procedimientos de compra y concretó algunas entregas, circunstancia reconocida en las actuaciones judiciales. Sin embargo, la cobertura no se completó en los términos que ordenó la Justicia.
La persistencia de esos faltantes motivó la nueva acción de amparo.
Marcos Torres cuestionó especialmente las diferencias entre las indicaciones del profesional tratante y los criterios administrativos aplicados para determinar productos, cantidades o sustituciones.
“Nuestros hijos no son un cálculo de presupuesto de discapacidad. Cuando una obra social no cumple con la cobertura que le exige la ley, para su presupuesto puede ser un ahorro; para nosotros es la salud de nuestra hija”, expresó.
La Justicia ordenó completar la cobertura
El 21 de octubre, el Juzgado Civil, Comercial y de Minas de Malargüe resolvió parcialmente a favor de la familia.
La sentencia dispuso que OSEP debía completar la provisión de los insumos identificados dentro de cinco días hábiles desde su notificación.
También estableció que, si existían dificultades razonables para conseguir algún producto dentro de ese plazo, la obra social debía proporcionar una cantidad transitoria suficiente para cubrir las necesidades inmediatas de Martina e informar al Tribunal las razones de la demora.
La decisión incorporó una medida destinada a prevenir nuevos problemas: OSEP deberá implementar un mecanismo específico para coordinar las solicitudes y entregas, con un responsable institucional identificado y un sistema de seguimiento accesible para los padres.
Para establecer ese procedimiento se fijó un plazo de diez días hábiles. La finalidad es anticipar la reposición de los insumos de uso continuo y evitar interrupciones injustificadas.

OSEP apeló, pero la orden sigue vigente
La obra social presentó un recurso de apelación contra la sentencia.
En su presentación, sostuvo que había realizado compras y entregas y que no existió una negativa general de cobertura. También cuestionó aspectos de la documentación médica utilizada para resolver y el alcance de las obligaciones administrativas impuestas.
OSEP solicitó que la apelación suspendiera los efectos del fallo mientras se revisaba la decisión.
El 26 de octubre, el juez concedió el recurso sin efecto suspensivo.
Posteriormente, el 29 de octubre, la Cámara de Apelaciones de San Rafael rechazó el pedido de suspender la orden, teniendo en cuenta las disposiciones procesales aplicables y que se trata de prestaciones de salud para una niña con discapacidad.
Esto significa que la obligación judicial continúa vigente mientras se tramita la apelación.
La Cámara todavía no resolvió si confirma, modifica o revoca la sentencia de primera instancia.
El reclamo de una familia que necesita respuestas
Marcos Torres manifestó su preocupación por la prolongación de los trámites y por las dificultades que enfrenta la familia para conseguir las prestaciones que Martina requiere.
También responsabilizó públicamente a OSEP por la continuidad de la cobertura de su hija y por las posibles consecuencias que, según advierte, podrían derivarse de las demoras.
El padre planteó que las obligaciones de la obra social deberían cumplirse sin que los afiliados tengan que recurrir repetidamente a presentaciones administrativas y judiciales.
Además de los insumos comprendidos en esta sentencia, mencionó atrasos en otras prestaciones, entre ellas transporte, acompañamiento educativo y servicios de cuidado.
Esos reclamos adicionales no forman parte de la condena dictada el 21 de octubre y deberán analizarse por separado.
Mientras se resuelven esas cuestiones, la preocupación inmediata de los padres sigue siendo la misma: disponer de los insumos necesarios para garantizar los cuidados cotidianos de Martina.
El caso muestra las dificultades que puede enfrentar una familia cuando los procedimientos de cobertura médica no consiguen asegurar de manera oportuna la continuidad de las prestaciones que necesita Martina.

LECTURA RÁPIDA
¿Qué necesita Martina y qué reclama su familia?
Martina necesita insumos médicos para sus cuidados continuos y sus padres reclaman la entrega completa de los productos indicados.
¿Qué resolvió la Justicia?
Ordenó a OSEP garantizar la cobertura integral del 100% de siete grupos de insumos que estaban pendientes o insuficientemente provistos.
¿OSEP puede esperar hasta que se resuelva su apelación?
No, la apelación fue concedida sin efecto suspensivo y la Cámara rechazó detener el cumplimiento de la sentencia.
¿Qué sostiene la familia sobre las entregas?
Marcos Torres aseguró a Ser y Hacer que, hasta el 1 de noviembre, seguían sin recibir los insumos específicamente reclamados en el fallo.
Fuentes:
Documentación judicial aportada a la redacción:
Sentencia del 21 de octubre de 2026, expediente 5.426, CUIJ 13-08200445-3, cuya parte resolutiva consta reproducida en la presentación judicial de OSEP.
Recurso de apelación de OSEP contra la sentencia del 21 de octubre de 2026.
Providencia judicial del 26 de octubre de 2026, que concede la apelación sin efecto suspensivo.
Resolución de la Cámara de Apelaciones de San Rafael del 29 de octubre de 2026, que rechaza el pedido de suspensión.

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