martes, octubre 7, 2025
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Presentaron Protocolo de visitas a Residencias para adultos mayores y Hogares de Residencia de personas con discapacidad

Las residencias deberán contar con un espacio adecuado y acondicionado con elementos de bioseguridad. El visitante solo podrá entrar más allá del espacio destinado a tal fin en casos de pacientes terminales o postrados. Ingresará una persona por residente y deberá permanecer media hora. 

El Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes presentó el protocolo para realizar visitas en todas las Residencias Geriátricas y Hogares de Residencia de Personas con Discapacidad de Mendoza. Éstas se realizarán a través de encuentros programados dentro de la institución, en espacios adaptados, cerrados o abiertos. La idea es promover el vínculo social con las redes de apoyo de los residentes y reducir el riesgo de transmisión de SARS CoV-2.

Para poner en marcha esta medida, las Instituciones deberán poseer 14 días sin casos confirmados, sospechosos y/o sintomáticos compatibles con COVID-19. En el caso de que aparecieran casos sospechosos o confirmados, las visitas se suspenderán de inmediato. El incumplimiento de esta medida será considerado una falta grave y podrá dar lugar a sanciones administrativas, civiles o penales.

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Visitas y espacios de encuentro

Las residencias deberán contar con un espacio adecuado, en lo posible abierto y aislado del resto de la institución y acondicionado con todos los elementos de bioseguridad (alcohol en gel o al 70%, agua y jabón para el lavado de manos). En tanto que al visitante se le controlará la temperatura corporal y al igual que el residente deberá usar barbijo, tapaboca o máscara facial, y mantener una distancia física de 2 metros. Para garantizar su cumplimiento se colocarán marcas en el piso, vidrios o acrílicos. A estas visitas solamente podrá asistir una persona por residente y éste deberá estar de acuerdo, siempre que pueda manifestarlo. Tendrá que permanecer 30 minutos y luego, deberá pasar un lapso de 60 minutos hasta el ingreso de la próxima persona, tiempo que se utilizará para desinfectar y ventilar los espacios. Éstos deberán tener elementos y muebles de plástico para facilitar la desinfección al iniciar y terminar las visitas.

Además, las Instituciones confeccionarán un registro diario de las visitas, en donde conste: fecha y hora del ingreso, nombre, apellido, DNI y teléfono de contacto; como así también los datos del residente. El ingresante también deberá firmar una declaración jurada en la que declare no poseer el virus ni haber estado en contacto con alguien que padece Covid-19. Por otra parte, en forma diaria, los responsables de la Residencia deberán adjuntar a la planilla de ingreso, su propia declaración jurada en la que conste que no tienen personas que vivan allí o personal confirmados o sospechosos de tener Covid-19. 

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Asimismo, estas instituciones deberán enviar, semanalmente, a través del correo electrónico  estrategiageriatrico@gmail.com un cronograma de visitas.  

En  caso de salida de algún residente, con fines sociales, su reingreso se realizará de acuerdo al protocolo. 

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Pacientes en etapa terminal de la vida o postrados

En el caso de que un residente no pueda ser trasladado a un espacio destinado para visitas, por su condición física o por encontrarse en una etapa terminal de la vida; el responsable médico de la institución o quien lleve adelante el control clínico de esa persona, dejará constancia de esta situación en la Historia Clínica. De este modo se podrá otorgar una excepción para que el visitante ingrese a la residencia más allá del espacio destinado a tal fin. 

Si la institución ha presentado casos confirmados de COVID- 19 en los últimos 14 días o el residente es considerado un contacto estrecho de algún caso, las medidas de seguridad y protección deberán responder al manejo de persona con diagnóstico de COVID -19 (barbijo quirúrgico, máscara facial, camisolín y guantes). Esto se realizará según “Protocolo para el ejercicio humanitario de derechos y decisiones en el final de la vida, en pacientes y referentes afectivos, en contexto de pandemia por COVID-19”. Res. Min. N° 1867/20.

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Unidad Coordinadora de establecimientos geriátricos 

La Unidad Coordinadora de Establecimientos Geriátricos será quien supervise las condiciones del lugar de visitas asignado en cada institución.  En caso de que no se cumpla con los requisitos, solicitará que las instalaciones sean adecuadas para este fin. Estas observaciones, deberán dejarse por escrito mediante la emisión de un acta, para que una vez acondicionado el espacio, la Institución pueda solicitar nuevamente el permiso correspondiente.

Fuente: Ministerio de salud Mendoza.

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