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EL CONCEJO APROBÓ SESIONAR VIRTUALMENTE

A 47 días que se dispusiera el aislamiento social, sanitario, preventivo y obligatorio el Honorable Concejo Deliberante hoy aprobó sesionar de manera virtual, solo para la realizar sesiones especiales y extraordinarias.

La autorización tiene vigencia “intertanto dure el aislamiento social preventivo y obligatorio, dispuesto por el Decreto Nacional 297/20 y sus prórrogas, ello en los términos de los Arts. 13º, 14º y 15º del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante, previo acuerdo con los Presidentes de Bloque”.

Se facultó a la Secretaria del Honorable Concejo Deliberante para proceder a la digitalización de todo el proceso legislativo desde el ingreso del asunto, el que deberá ser enviado y elevado a la Orden del Día; La convocatoria en línea para el funcionamiento de las Comisiones que así lo requieran según proyectos venidos del Departamento Ejecutivo y los Concejales, atento sólo a su correspondiente relación directa a la situación de emergencia; El llamado a Sesiones determinadas en esta pieza legal y la realización de las mismas, debiendo en forma previa a cada votación, certificar la cantidad de concejales presentes y la voluntad del legislador, la que deberá ser expresada en forma nominal, y  registrar las sesiones en soporte digital y en versión papel.

Las Sesiones serán transmitidas en vivo por la página web oficial del Honorable Concejo Deliberante.

Los empleados que pertenecen al grupo denominado de riesgo, o que estén exceptuados de cumplir con la obligación de presentarse a trabajar según DNU Nacional, deben completar una Declaración Jurada, atento a que no se los puede obligar a asistir presencialmente al Edificio del Honorable Concejo Deliberante.

Las mociones de orden serán aprobadas por el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes en las sesiones, siendo indispensable para ello que si la señal de algún concejal se interrumpe por 5 minutos luego de dar quórum, iniciada la Sesión, el tratamiento del Orden del Día o tratamiento de un expediente para su aprobación o votación, sé suspenderá la Sesión, siempre y cuando dicha interrupción/es genere/n la falta del quórum suficiente y requerido por el Reglamento Interno, debiéndose ordenar un cuarto intermedio, y fijándose posteriormente en reunión de Comisión Parlamentaria una nueva fecha y hora para su continuidad y finalización.

Cada vez que se concrete una sesión será convocado un mínimo de personal que garantice el funcionamiento técnico y administrativo.

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