Mendoza continúa con la prohibición en la comercialización y el uso de pirotecnia en toda la provincia.
La medida se implementó a partir de 2020 tras la aprobación de una ordenanza por parte de todos los municipios.
Solo en el departamento de Tupungato quedó habilitada la pirotecnia lumínica, llamada pirotecnia fría, exclusiva de eventos y de alto costo.
Se informó que quienes sean detectados incumpliendo la ordenanza de los municipios serán sancionados.
Según los valores vigentes de ley tributaria 9277/21 art. A-13, las multas oscilan entre: por infracción a la Ley 6954, de $20.730 a $34.400, reincidencia infracción Ley 6954, de $41.460 a $68.810 e infracción artículo 3° de la Ley 6954, $103.230.

Personal del REPRIV, perteneciente al Ministerio de Seguridad, realiza controles en las calles para detectar lugares donde se esté comercializando pirotecnia de forma ilegal.
Como resultado, en Ciudad y Godoy Cruz se secuestró 12 bultos que contenían elementos pirotécnicos, y varias personas fueron sancionadas.
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