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Qué pasa si soy monotributista y no facturo

El monotributo es un régimen simplificado que les permite a los contribuyentes abonar sus obligaciones fiscales en un único pago

El monotributo es uno de los regímenes más importantes del país, ya que les permite a los pequeños contribuyentes facturar las ventas que realizan y abonar, en una única cuota y sin declaraciones juradas, sus obligaciones fiscales. 

Sin embargo, muchos monotributistas se inscriben al régimen por sus beneficios, como poder acceder a una obra social, pero no facturan en el mes.

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¿Qué pasa si no facturo en el mes?

Si no se factura en el mes, es probable que el fisco busque indagar los motivos por los cuales no se facturo y le solicite al contribuyente un justificativo. En el caso de no poder «justificar» la falta de facturación, AFIP puede excluirte del régimen.

Además, en el caso de realizar operaciones comerciales y no facturarlas podrían ocasionarte las siguientes consecuencias:

Sanciones y multas: como monotributista, estás obligado a emitir facturas por las operaciones comerciales que realices. Si no emitís facturas, estarías incumpliendo con esta obligación fiscal. El incumplimiento de estas puede llevarte a sanciones y multas por parte de AFIP. Estas sanciones pueden variar según la gravedad del hecho

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Pérdida de beneficios fiscales: el monotributo generalmente ofrece beneficios fiscales, como la simplificación en la presentación de declaraciones juradas y la reducción de la carga impositiva. Si no facturás y no cumplís con tus obligaciones, podés perder estos beneficios, ya que es probable que te obliguen a inscribirte en el Régimen General

Problemas legales: no emitir facturas podría ocasionarte problemas legales, más allá de las multas mencionadas previamente como, por ejemplo, una posible causa por evasión fiscal

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¿Cuánto tiempo puedo estar sin facturar monotributo?

Si comenzaste un negocio o emprendimiento, por el cual te anotaste en el monotributo, puede que te cueste tener ventas al principio. Sin embargo, es poco probable que tus ventas sean nulas y se trata más bien de casos excepcionales.

Es importante tener en cuenta que AFIP podría excluirte del monotributo si no facturaste en un período de tiempo extenso (no especifican a partir de cuándo podrían sancionarte). Además, aunque no factures, el fisco te cobrará la cuota del monotributo durante ese período de tiempo.

Por este motivo, si estás teniendo algún problema con tus ventas como, por ejemplo, pasaste a trabajar en relación de dependencia y ya no estás trabajando por cuenta propia, asesorarte con un contador público y, en el caso de que creas que se sostendrá en el tiempo, darte de baja manualmente del monotributo. De esta forma, si en un futuro deseas regresar, podrás hacerlo sin ningún problema.

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¿Cómo demostrar ingresos siendo monotributista?

Una de las preguntas que suele hacerse un monotributista es cómo puede demostrar sus ingresos en diferentes ocasiones como, por ejemplo, para justificar el origen de fondos al banco o solicitar una tarjeta de crédito.

En este sentido, la forma más sencilla es mostrar el comprobante de inscripción al monotributo en el que figurará la categoría a la cual estás inscripto. Además, deberás adjuntar la facturación de los últimos 6 meses y, en el caso que corresponda, tu inscripción a los Ingresos Brutos.

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¿Qué pasa si soy monotributista y no me inscribí en Ingresos Brutos?

Muchas personas cometen el grave error de pensar que el monotributo es lo único que deben abonar al momento de realizar un emprendimiento o actividad independiente, por lo que es importante aclarar que este régimen solamente reemplaza las declaraciones juradas de IVA y Ganancias (impuestos nacionales), pero no exime del pago de otras obligaciones como Ingresos Brutos que es un impuesto provincial.

En este sentido, si te inscribís al monotributo, pero no lo haces en Ingresos Brutos, es probable que los bancos, a través del régimen Sircreb, comiencen a realizarte percepciones a cuenta de este tributo, las cuales serán cada vez más elevadas, llegando en algunos casos al 7% o más, superando ampliamente la tasa general del 3,5%.

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Además, dichas retenciones no te eximen de estar inscripto, por lo que, además de abonar mucho más en concepto de este tributo, podrás enfrentarte a sanciones por parte de la agencia de recaudación fiscal de tu provincia.

Cabe recordar que, en el caso de que cumplas con algunos requisitos, podrás inscribirte al régimen unificado de Ingresos Brutos. Este permite que los monotributistas incluyan en sus cuotas el pago de este concepto sin la necesidad de presentar declaraciones juradas ni sufrir retenciones. Sin embargo, la restricción más importante es que solo podés desarrollar tu actividad en la provincia en la que te inscribiste en el monotributo.

Fuente: IProfesional

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