
La Provincia puso en marcha la implementación operativa del marco regulatorio previsto en la Ley 9617, mediante las resoluciones 709 y 710 del Ministerio de Gobierno. Se ordenan proyectos vigentes, se habilitan permisos para cáñamo industrial y se refuerzan los controles y la trazabilidad de toda la cadena productiva.

La Provincia de Mendoza comenzó a ejecutar la primera etapa productiva del marco regulatorio del cannabis medicinal y el cáñamo industrial previsto en la Ley 9617, a partir de la entrada en vigencia de las Resoluciones 709 y 710 del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial. Estas normas activan procedimientos concretos para ordenar proyectos existentes, habilitar nuevas iniciativas y fortalecer los mecanismos de control y trazabilidad.
Estas medidas complementan el Decreto 1928/2025, que reglamentó la Ley 9617 y creó el Registro Provincial del Cannabis y Cáñamo Industrial, autoridad responsable de otorgar, supervisar y auditar los permisos vinculados a la actividad en el territorio mendocino.
La Ley 9617 autoriza la siembra, cultivo, transporte, almacenamiento y producción de cannabis con fines medicinales, científicos y paliativos, junto con el desarrollo del cáñamo industrial. El decreto reglamentario definió categorías de permisos, mecanismos de articulación con organismos nacionales como REPROCANN y ARICCAME, y creó un Banco de Germoplasma Provincial para reforzar los estándares de control.

En este contexto, la Resolución 709 implementa el Régimen de Adecuación Simplificada, dirigido a proyectos que ya cuentan con autorizaciones nacionales. El objetivo es permitir su incorporación al marco provincial sin detener sus actividades, mientras avanzan en un proceso progresivo de adecuación técnica y administrativa. Los interesados deben presentar documentación legal y fiscal, además de un Plan de Adecuación Progresiva y un Plan de Cultivo. Si la solicitud es aprobada, se otorga un Certificado de Adecuación con vigencia de 12 meses, renovable por igual período.

Por su parte, la Resolución 710 regula el desarrollo del cáñamo industrial mediante la creación de procedimientos específicos para solicitar permisos agrícolas e industriales. También establece aranceles, exige la presentación de un plan de cultivo y crea una Guía de Transporte obligatoria para semillas, fibras y productos derivados. Los permisos tienen vigencia de hasta cinco años y requieren trazabilidad completa, declaraciones juradas de stock e inspecciones del Ministerio de Gobierno.
El Gobierno provincial informó además la puesta en marcha del Sistema Provincial de Identificación Genética, orientado a reforzar el control del origen genético del material vegetal. Aunque es presentado como una herramienta central para la trazabilidad, aún no se difundieron detalles completos sobre sus protocolos técnicos.
La implementación de este marco genera expectativas en sectores científicos y productivos por su potencial para ordenar la actividad y consolidar nuevas cadenas de valor. Entre los beneficios señalados se destacan la regularización de proyectos con autorizaciones nacionales y la apertura de oportunidades para el desarrollo del cáñamo industrial en áreas como fibras, alimentos y construcción.

Al mismo tiempo, organizaciones y profesionales vinculados al cannabis medicinal plantean la necesidad de que el sistema garantice permisos accesibles y procedimientos claros para asociaciones, pacientes y pequeños productores. También remarcan vacíos normativos, como el relativo al uso veterinario de derivados del cannabis, que aún no cuenta con definiciones específicas en la provincia.
Con la puesta en marcha del Régimen de Adecuación Simplificada y de los permisos para cáñamo industrial, Mendoza avanza hacia la implementación operativa de su marco regulatorio. Los próximos meses estarán definidos por la incorporación de proyectos al Registro Provincial y por la capacidad institucional para garantizar auditorías y trazabilidad en toda la cadena productiva.


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