

El Gobierno nacional oficializó el Decreto 302/2026, que fija los incrementos de los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono para operaciones realizadas entre el 1 y el 31 de mayo. La norma ratifica que Malargüe integra la zona con tratamiento diferencial para el gasoil, junto a provincias patagónicas.

El Decreto 302/2026, publicado el 30 de abril, reordena el esquema de actualización de los impuestos que gravan a naftas y gasoil para el mes de mayo. Aunque en la conversación pública suele resumirse como “aumento de combustibles”, el núcleo de la medida está en los montos fijos que componen el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos (ICL) y el Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC), dos componentes que luego se trasladan —total o parcialmente— al precio final en surtidor según la política comercial de las petroleras y la dinámica de costos.

La novedad que interesa de manera directa al sur mendocino es que el decreto vuelve a dejar explícito el alcance del tratamiento diferencial del impuesto para el gasoil: aplica al consumo dentro de un área compuesta por las provincias de Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, además del partido bonaerense de Patagones y, de forma específica, el Departamento de Malargüe (Mendoza). Esa mención no es menor: en un mapa fiscal donde la mayor parte del país tributa con montos uniformes, Malargüe aparece incorporado a un régimen que reconoce condiciones territoriales y logísticas similares a las de la Patagonia.

¿Qué cambia en mayo? El decreto incorpora un nuevo inciso al artículo 1° del Decreto 617/2025 (norma que venía ordenando postergaciones previas) y fija los incrementos para hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1 y el 31 de mayo de 2026. Para las naftas (nafta sin plomo hasta 92 RON, nafta sin plomo de más de 92 RON y nafta virgen), el incremento detallado es de $10,398 por litro en ICL y $0,637 por litro en IDC. Para el gasoil, el incremento es de $9,269 por litro en ICL, $1,056 por litro en IDC y, de manera diferenciada, $5,019 por litro en el componente “tratamiento diferencial” del ICL previsto para las zonas alcanzadas, entre ellas Malargüe.
En paralelo, el artículo 2° del Decreto 302/2026 introduce un punto clave para entender la lógica oficial: difiere una parte de los incrementos “remanentes” que se venían postergando. Concretamente, reemplaza la fecha “1° de mayo de 2026” por “1° de junio de 2026” en el Decreto 617/2025, lo que en términos prácticos implica que una porción de los aumentos previstos se traslada al mes siguiente, mientras que lo establecido en la tabla rige para mayo. Dicho de otro modo: mayo queda definido por un esquema de actualización “parcial” (según lo expresan distintas lecturas periodísticas), con un tramo pospuesto para junio.
Para Malargüe, el impacto potencial se juega en dos planos. El primero es técnico-fiscal: la norma sostiene que el gasoil destinado al consumo local integra el área con tratamiento diferencial, por lo que el componente impositivo asociado a ese régimen se calcula bajo ese esquema. El segundo es económico-territorial: Malargüe es un departamento extenso, con largas distancias internas y fuerte dependencia del transporte por ruta para abastecimiento, servicios, actividad productiva y circulación turística (incluyendo corredores estratégicos hacia zonas cordilleranas). En ese contexto, cualquier cambio impositivo que presione costos de combustibles tiende a tener efectos en cadena sobre logística, precios y movilidad. El decreto, por sí mismo, no fija el precio en surtidor, pero sí ajusta una de las piezas que lo componen.

La motivación que plantea el texto oficial es continuar con un sendero fiscal “sostenible” y, al mismo tiempo, diferir parcialmente incrementos remanentes para “estimular el crecimiento de la economía”. Esa justificación se apoya en que, por normativa, los montos fijos del ICL y del IDC se actualizan trimestralmente según la variación del IPC que publica INDEC, pero en los últimos años se aplicaron distintas postergaciones sucesivas que fueron corriendo la entrada en vigencia efectiva de los aumentos. En esa línea, el Decreto 302/2026 funciona como una pieza más del cronograma: aplica incrementos para mayo y patea otra parte para junio.
En coberturas nacionales, varios medios resumieron la decisión como una suba acotada en mayo y el traslado del resto del ajuste a junio, remarcando los montos por litro para naftas y gasoil. Sin embargo, para la agenda local vale subrayar el detalle que suele quedar enterrado: Malargüe aparece nombrado en la definición legal del área diferencial del gasoil, un dato que puede ser relevante para explicar por qué el esquema impositivo no se comporta igual que en otros departamentos de Mendoza.
Con la entrada en vigencia desde el 1° de mayo de 2026, el escenario inmediato que miran consumidores y sectores productivos es si el ajuste impositivo se traduce en cambios de precios y en qué magnitud. Allí confluyen factores que exceden al decreto (tipo de cambio, costos de biocombustibles, logística, márgenes y decisiones comerciales). Aun así, cuando la norma incorpora explícitamente a Malargüe en el mapa del gasoil diferencial, deja un insumo concreto para el seguimiento periodístico: cómo evolucionan los precios locales y qué diferencias se observan frente a otras zonas de la provincia.
Fuente Boletín Oficial

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