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Mendoza extiende a 10 años la vigencia de las licencias de conducir no profesionales

Desde este martes, las licencias de conducir para conductores no profesionales en Mendoza tendrán una vigencia de 10 años, según lo establecido por la Ley 9.587, publicada en el Boletín Oficial. Esta medida aplica a quienes tengan menos de 65 años y forma parte de una actualización en la normativa provincial de tránsito.

La vigencia de las licencias estará determinada por la edad del conductor y sus antecedentes viales. Para quienes tienen hasta 65 años, el plazo será de 10 años. Entre los 66 y 75 años, la licencia se renovará cada cinco años, mientras que a partir de los 76 años el plazo será de tres años.

Conductores con infracciones graves o condenas por manejo imprudente estarán sujetos a renovaciones más frecuentes, con un máximo de cinco años de vigencia. Hasta ahora, la renovación general de las licencias se realizaba cada cinco años.

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Requisitos para la renovación

La ley detalla los documentos necesarios para renovar la licencia:

  • Certificado de libre deuda de infracciones.
  • Certificado médico psicofísico que acredite aptitud para conducir.
  • Declaración jurada de ausencia de condiciones médicas que afecten la conducción.

Además, las personas mayores de 65 años recibirán un descuento del 50% en el costo del trámite. Sin embargo, si la licencia venció hace más de un año, se considerará como un trámite de nueva emisión, no una renovación.

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Exenciones y excepciones

El personal de la Policía de Mendoza y del Servicio Penitenciario Provincial que desempeñe funciones como choferes o motoristas estará exento del pago por renovación y no necesitará acreditar experiencia en categorías menores para obtener licencias Clase D.

La ley entrará en vigencia cuando el Poder Ejecutivo la reglamente a través de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial, momento en el que se actualizará el sistema de licencias y se garantizará la adaptación a las nuevas disposiciones.

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