InicioPROVINCIALESSin multas por licencias de conducir vencidas, hasta fin de año

Sin multas por licencias de conducir vencidas, hasta fin de año

La provincia de Mendoza extendió otro decreto que ya regía hasta hoy. La pandemia les ha dificultado a los municipios emitir las licencias en las fechas previstas

Hasta fin de año no se labrarán actas de infracción por tener la licencia de conducir vencida. El Gobierno de Mendoza decidió prorrogar hasta el 31 de diciembre el decreto que ya regía hasta hoy, 30 de junio, siguiendo con las medidas que se están toman como «consecuencia de la pandemia, en tanto persiguen asegurar la salud de la población, están sujetas en su vigencia a la situación epidemiológica de la Provincia».

El decreto, que lleva el número 822, fue publicado en el Boletín Oficial.

En el mismo, la provincia les solicita a los municipios prorrogar los vencimientos de las licencias emitidas en su jurisdicción.

En la norma, explican que se ha comprobado que, a las comunas, encargadas de la emisión del carnet de conducir, les ha resultado, en general, sumamente dificultoso poder emitir todas las licencias cuyo vencimiento operó entre las fechas previstas, razón por la cual resulta razonable prorrogar el plazo de la misma por el resto del corriente año.

el fortin junio 2021
FERRARA

El Decreto

Artículo 1°- Prorróguese hasta el 31 de diciembre de 2021, el plazo establecido en el art. 6º del Decreto Nº 1650 de fecha 15 de diciembre de 2020 por el cual se dispuso que no se labraran actas de infracción respecto de las licencias de conducir cuyo vencimiento haya operado desde el 1 de marzo de 2020.

Artículo 2°- Invítese a los Municipios a prorrogar los vencimientos de las licencias emitidas en su jurisdicción, en el marco de los convenios que tienen suscriptos con la Agencia Nacional de Seguridad Vial y de lo normado por la Disposición DI-135-APN-ANSV#MTR y normas complementarias y modificatorias.

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Artículo 3°- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno, Trabajo y Justicia y de Seguridad.

Artículo 4°- Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

El decreto lleva las firmas del gobernador Rodolfo Suarez y de los ministros Víctor Ibáñez y Raúl Levrino.

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