InicioPROVINCIALESHABILITAN HOTELES PARA QUE PUEDAN ALOJAR A TRABAJADORES ESENCIALES

HABILITAN HOTELES PARA QUE PUEDAN ALOJAR A TRABAJADORES ESENCIALES

Deben realizar una solicitud formal al Ministerio de Cultura y Turismo y llevar un registro de los huéspedes.

El Ministerio de Cultura y Turismo habilitó a hoteles de Mendoza a alojar trabajadores esenciales de manera temporal, es decir, aquellos que por alguna circunstancia estén alejados de sus hogares y requieran de un lugar para dormir.

La medida fue dispuesta a través de la resolución 195/2020, publicada en el Boletín Oficial. Los alojamientos habilitados por el Ente Mendoza Turismo “podrán, previa autorización de la autoridad competente, hospedar a personas que con motivo de cumplir una actividad esencial determinada, encontrándose fuera de su residencia habitual, deban hospedarse temporalmente en estos establecimientos, siempre que acrediten fehacientemente dicha circunstancia mediante autorización emitida por el gobierno de Mendoza”.

En ese sentido, las autoridades explicaron que los dueños de los hoteles podrán formalizar su pedido a través de un formulario a enviar al correo electrónico serviciosturisticos@mendoza.gov.ar.

Cada hospedaje deberá llevar un registro minucioso de los datos de las personas que reciba, a disposición de la autoridad de aplicación por un periodo de 30 días.

Solo podrá darse alojamiento a aquellas personas que se encuentren realizando una actividad esencial temporaria en la provincia, situación que debe estar fehacientemente acreditada por la autorización emitida por el gobierno de Mendoza.

Las personas alojadas deberán suscribir la declaración jurada que se acompaña como Anexo III a la resolución 195, la que quedará bajo la custodia del establecimiento.

La limpieza y desinfección de la habitación ocupada bajo esta modalidad deberán ser acordes a la emergencia sanitaria, no pudiendo ocuparse nuevamente la habitación dentro de las 24 horas posteriores al egreso de una persona.

No podrán alojarse más de dos personas por habitación.

El servicio de comidas, en caso de ser requerido por el huésped, deberá brindarse en la habitación, sin excepción.

Se prohíbe expresamente durante la estadía, recibir visitas de cualquier naturaleza.

La resolución aclara que quedan excluidos de recibir trabajadores esenciales los hoteles que ya están afectados a la recepción de personas que regresan desde otros lugares a Mendoza. Es decir, los que se inscriban a esta modalidad dispuesta desde hoy son incompatibles con otro tipo de recepción de personas.

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